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TRÁMITES A SEGUIR PARA LA OBTENCIÓN DE LA LICENCIA FEDERATIVA DE JUGADOR AFICIONADO DE GOLF Licencia Federativa de Golf: La licencia de jugador aficionado es obligatoria para practicar el golf en España, según las normas del Consejo Superior de Deportes y la legislación actualmente en vigor. El seguro de dicha licencia cubre la Responsabilidad civil y los accidentes que se produzcan durante la práctica del golf en un campo debidamente homologado. Validez de la Licencia: La validez de la licencia federativa se corresponde con el año natural, es decir, de enero a diciembre de cada año. Por ello, cuando un federado causa alta, la validez de su licencia queda establecida desde esa fecha hasta el 31 de diciembre del mismo año, siendo su precio único y no fraccionable. La Real Federación Española de Golf renueva automáticamente todas las licencias el 1º de enero de cada año. Importe de la Licencia y categorías: El importe anual de la licencia cubre la cuota desde enero a diciembre de cada año natural. Las nuevas licencias cubren desde la fecha en que se produce el alta hasta el 31 de diciembre de ese mismo año. Los precios y las categorías, en función de la edad, se recogen en el cuadro siguiente: CATEGORÍA EDADES IMPORTE Licencia sin handicap: En principio, solicitarán la licencia sin hándicap aquellas personas que carezcan de experiencia en este deporte, la que les permitirá jugar y practicar el golf y tomar parte en determinadas competiciones, aunque sin opción a premio. Licencia con hándicap: La licencia federativa con hándicap solamente podrá ser tramitada por los Clubes o Federaciones Territoriales para aquellas personas que, habiendo tenido licencia con hándicap anteriormente hubieran causado baja por cualquier circunstancia, y pretendan obtener la licencia de nuevo. En estos casos deberán confirmar el hándicap que tenían o menor, a la fecha de su baja como federado, ya que para concederles otro superior deberá ser el Comité de su Club o Territorial quienes lo justifiquen. Igualmente podrá expedírsele a jugadores de golf de otro país que justifiquen debidamente estar en posesión del hándicap. FORMA DE OBTENER LA LICENCIA: a) Directamente en el Club al que pertenezca como socio. Una vez cumplimentado el impreso de Solicitud de Licencia que se le facilita, el propio Club tramita la misma en representación del nuevo federado. b) En la Federación Territorial correspondiente al domicilio, caso de no pertenecer al Club. c)Por correo o por FAX Cumplimentar el formulario, imprimir directamente la Solicitud de Licencia y remitir por correo o por fax a la Federación de Golf de la Rioja, NO A LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE GOLF. |